Portal de la agencia de sanidad y consumo del Principado de Asturias

Buscador

 

Zonas de Baño

Zonas de Baño

Las aguas de baño son aquellas aguas superficiales donde se prevea que pueden bañarse un número importante de personas y en las que no exista una prohibición permanente de baño, ni se haya formulado una recomendación permanente de abstenerse del mismo y donde no exista peligro objetivo para el público.

El Real Decreto 1341/2007, de 11 de octubre, sobre la gestión de la calidad de las aguas de baño, establece los criterios sanitarios que deben cumplir las aguas de baño, para garantizar su calidad, con el fin de proteger la salud humana de los efectos adversos derivados de cualquier tipo de contaminación.

La Agencia de Seguridad Alimentaria, Sanidad Ambiental y Consumo, a través de las actuaciones llevadas a cabo en el Programa de Control Oficial de Zonas de Baño en el Principado de Asturias, efectúa la inspección de las condiciones higiénico sanitarias de las playas y el control de la calidad de las aguas de baño. Para ello, en cada zona de baño sometida a control se fijan unos puntos de muestreo, donde se toman las muestras para análisis.

La frecuencia mínima de muestreo es quincenal a lo largo de cada temporada de baño. se determinan los parámetros microbiológicos de contaminación fecal, Enterococos intestinales y Escherichia coli.

La calificación anual de las aguas de baño, por punto de muestreo, se obtiene, de acuerdo con el Real Decreto 1341/2007, en función de las series de datos sobre calidad de las aguas de baño recopilados en relación con la temporada de baño considerada y las tres temporadas anteriores.

A partir de esta evaluación de la calidad, las aguas de baño se clasificaran anualmente en cuatro categorías:

• “Insuficiente”

• “Suficiente”

• “ Buena”

• “Excelente”

Se establece además una calificación puntual tras la realización de cada análisis a partir de los resultados obtenidos en los dos parámetros microbiológicos mencionados.

Como objetivo general, a nivel europeo, se establece que todos los Estados miembros adopten las medidas adecuadas, para que a finales de la temporada de baño 2015 todas las aguas de baño sean al menos de calidad “suficiente”. También tomarán las medidas realistas y proporcionadas que se consideren adecuadas para aumentar el número de aguas de baño de calidad “excelente” y “buena”.

Los resultados obtenidos se pueden consultar a través de la página Web: Calificación sanitaria del agua de baño de las playas asturianas temporadas

El Sistema de Información nacional de Aguas de Baño (NAYADE), aprobado por el Real Decreto 1341/2007, recoge entre otros, los datos correspondientes a la calidad del agua de baño y las características de las zonas de baño de todo el territorio nacional, tanto de aguas continentales como marítimas. Se pueden consultar los mismos, a través del siguiente enlace:

 

Recomendaciones y consejos para los bañistas y usuarios de las playas asturianas

 
© 2005 Gobierno del Principado de Asturias
Aviso Legal | Politica de privacidad | Contactar